Recibir cargos criminales es un evento extremadamente estresante para cualquier persona, aun si es solo por un delito menor. Por una variedad de razones, a veces un acusado no quisiera comparecer en la corte personalmente. En estos casos, ¿es posible contratar a un abogado que comparezca en nombre del acusado, para que no tenga que comparecer él mismo?
La instrucción de cargos
Para muchos delitos menores, la ley de Arkansas permite que un abogado comparezca en lugar de su cliente para la instrucción de cargos. Esta es la audiencia en que el fiscal anuncia formalmente los cargos contra el acusado, y el acusado anuncia su alegato, en que puede admitir la culpa por el crimen o anunciar su intención de desafiar los cargos (enlace en inglés).
A menos que el juez requiera su presencia por alguna razón, usted podría consultar a su abogado, decidir juntos en un alegato, y mandar a su abogado a que lo anuncie en la corte sin que usted lo tenga que acompañar.
Los procedimientos penales
Cuando empieza el proceso judicial, habrá audiencias en la corte en que el fiscal y el abogado del acusado presentan evidencia y argumentos para tratar de comprobar la culpa o la inocencia del acusado.
Su presencia podría ser requerida en estas audiencias, dependiendo de la severidad y tipo de delito. Cuando consulta a su abogado, le podrá decir si es necesario asistir en persona a la audiencia o no. A veces puede haber beneficios al asistir en persona aun cuando no es requerido por el juez o la ley.
Cuando se trata de acusaciones penales, es esencial no tomar riesgos innecesarios y preparar un plan meticuloso sobre cómo responder a las acusaciones que afrenta. Con suerte, podrá pasar por el sistema judicial en la mejor posición posible.